La
Justicia entrerriana protege a las escuelas y el Gobierno de Bordet rechaza su
responsabilidad en el cuidado
Desde que Argentina adoptó el modelo
agroindustrial basado en la siembra directa, las semillas genéticamente
modificadas y el uso intensivo de agrotróxicos, el consumo de estos venenos no
ha dejado de incrementarse, tanto por la ampliación de las zonas sembradas,
como por la aparición de nuevas plagas y la resistencia desarrollada por las
malezas, obligando a incrementar año a año las dosis empleadas.
Nuestro país pasó, en pocos años, de 50
millones de ha a 150 millones de hectáreas cultivadas con semillas
genéticamente modificadas y en la última cosecha se emplearon aproximadamente 380 millones de litros de
glifosato. Estos venenos se aplican en zonas en las que vive un total de 12
millones de personas. Esto implica más de 30 litros de agrotóxicos por persona
y por año.
Hoy existen numerosos
estudios, investigaciones y pruebas sobre los terribles efectos que estos
productos tienen sobre la vida y la salud de las personas y los ecosistemas. Un
ejemplo reciente: En agosto de 2018 el Tribunal Superior de
California (Estados
Unidos) condenó
a Monsanto a pagar
una abultada indemnización porque su herbicida
Roundup (glifosato) había producido cáncer (linfático) al reclamante. (se
trata de un caso particular, pero hay otros 5000 en trámite). También en el
juicio se comprobó que Monsanto pagaba informes científicos que favorecieran
sus intereses y voluntades políticas para allanar la liberación del producto a
pesar de múltiples cuestionamientos
Mucho antes, desde mayo de
2009 eran públicos los informes del ex director del CONICET, Dr. Andrés
Carrasco, confirmando plenamente en el Laboratorio de Embriología Molecular de
la UBA, los efectos perjudiciales de los agroquímicos en embriones anfibios –
modelo extrapolable a los seres humanos, sus impactos en el desarrollo genético
y la posibilidad de generar células cancerosas.
Hoy, sólo en Argentina hay
más de 200 publicaciones científicas de universidades públicas que dan cuenta
de las consecuencias nefastas en el ambiente y la salud que genera el empleo de
agrotóxicos. Existe una recopilación reciente de investigaciones
científicas,”Antología toxicológica del glifosato”, que da cuenta de 830
trabajos académicos (de Argentina y del exterior) y vincula la aplicación del
agrotóxicos con el cáncer, malformaciones, intoxicaciones y abortos
espontáneos, eszemas, problemas respiratorios, alergias etc etc.
Esta recopilación de
artículos fue sometida a revisión por un comité de expertos y han sido
aprobados para su publicación al ser considerados significativos. Esto lo
explica taxativamente el trabajo, realizado por Eduardo Martín Rossi,
integrante del colectivo "Paren de Fumigar de Santa Fe". Tiene 182
páginas y se puede acceder a través de Internet a toda la información y
artículos compilados
"Nuestro Estado autoriza dichos productos sobre los estudios provistos por las empresas, permitiendo que la regulación la establezca el propio mercado".
Durante todos estos años,
nuestro país, ha promovido y sostenido este modelo agroindustrial sin controles
ni legislación suficiente y responsable para regular el uso de los llamados
"fitosanitarios". Nuestro Estado autoriza dichos productos
sobre los estudios provistos por las empresas, permitiendo que la regulación la
establezca el propio mercado. Una irresponsabilidad que ha acarreado pérdida de
seguridad y soberanía alimentarias junto a la contaminación grave de los
ecosistemas y de toda la cadena alimentaria (salvo la producción agroecológica)
que exponen ya no solo a las poblaciones directamente fumigadas sino a todos
los consumidores de alimentos
Todo en un escenario en el que no se
construye una mirada integral sobre la complejidad desatada por el modelo
agrario y sus implicancias socioambientales. Ni se vinculan o entrecruzan la
construcción de conocimiento con el modelo productivo, legislación, políticas,
sociedad, deuda, intereses involucrados… para buscar alternativas que salven la
salud de nuestros pueblos. Tal es así que, por primera vez en mucho tiempo se está
blanqueando que, sin guerras, la expectativa de vida a futuro es menor que en
el presente.
Desde CTERA y CTA, hemos trabajado con
académicos e investigadores, especialmente a partir de las denuncias formuladas
por docentes y la comunidad educativa sobre fumigaciones (por vía terrestre y
aérea) próximas y hasta por encima de los establecimientos educativos en
horario escolar. Se cuentan por cientos las denuncias en todo el país y las
graves consecuencias han sido corroboradas en todos los casos.
Así pudimos conocer la aterradora realidad
de los pueblos fumigados, los problemas de fertilidad, los abortos
espontáneos, las malformaciones congénitas, las distintas patologías, en
especial el crecimiento del cáncer en las localidades más fumigadas. Por los
estudios y los datos recopilados, y a pesar de las imprecisiones de las actas
de defunción, sabemos que por ejemplo en Gualeguaychú y Urdinarrain hay un
crecimiento del 300% de cáncer en los últimos 10 años. Y según los informes
sanitarios, la provincia genera más del 50% de los casos de cáncer del país.
En esta lucha visiblemente desigual, fue para nosotros una
esperanza y un ejemplo el fallo de la justicia de Entre Ríos haciendo lugar al
amparo presentado por Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del
Magisterio de Entre Ríos, contra el gobierno provincial y el Consejo General de
Educación, para proteger a educadores y alumnos de las más de 1000 escuelas
afectadas por las fumigaciones en el que entre
otras cosas se ordenó alejar de las escuelas las aplicaciones de
agrotóxicos vía terrestre a 1000 metros y las aéreas a 3000.
el fallo de la justicia de Entre Ríos"
En la denuncia se señala que no existen en la Provincia programas
ni infraestructura para rastrear y evaluar los agrotóxicos y sus efectos, por
lo que “la gestión de
prevención en resguardo de los niños está siendo notablemente evadida".
Los amparistas han referido que la legislación vigente establece esas
limitaciones para el casco urbano y los caseríos, pero ha omitido el tema de
las escuelas rurales lo que constituye un vacío legal que termina en la
fumigación sobre estudiantes y trabajadores de la educación. Citan las
conclusiones del ingeniero agrónomo Marcos Tomasoni, quien, a través de la
"teoría de las tres derivas", explicó que es imposible controlar la
contaminación con agroquímicos: "Nadie
puede controlar lo que pasa en un campo 24 horas después de las aspersiones con
agroquímicos. Ejemplo: si la máquina cumple con las Buenas
Prácticas Agrarias, que son una serie de recomendaciones técnicas al aplicador,
pero a la hora cambia la dirección del viento, que es algo normal, aumenta la
temperatura ambiente y disminuye la humedad relativa, hasta el 90% del producto aspersado
puede pasar a una fase gaseosa y derivar, es decir, salir de la
parcela, sin la más mínima posibilidad de controlarlo",
El fallo abre una
esperanza, señala una toma de conciencia importante en la aplicación del
plexo legislativo y una mirada profunda sobre las viejas miradas que priorizan
el mercado, las ganancias y la especulación financiera claramente extendida al
negocio de los granos, por encima de la vida y el derecho a la salud de
nuestros pueblos. Eso que para las empresas son “externalidades“ y para muchos funcionarios “el costo del
progreso”
Pero los pueblos no están dispuestos a
resignar sus derechos ni a convertirse en carne de cañón para asegurar la
prosperidad económica de los grupos voraces que no respetan los Derechos
Humanos y muchísimo menos los derechos de los que no tienen voz o no son
escuchados, no son respetados ni considerados por la explotación y el saqueo
conniventes.
Me cuesta creer que el Consejo General de
Educación apele una decisión equilibrada que además lo único que prescribe es
la construcción de barreras arbóreas que no solo beneficiarían a las escuelas,
sus ambiente y su salubridad, sino el funcionamiento del sistema hidrológico de
la provincia, la captura de gases de efecto invernadero y la fijación de suelos
erosionados por la agricultura química.
No puedo dejar de expresar mi preocupación por
el accionar del Consejo General de Educación que ha resignado su rol tutelar
sobre la vida y la seguridad de la comunidad educativa violentando la
legislación vigente. Particularmente la Ley Nacional de Educación 26.206, que
dice:
Art 11 Corresponde a las
autoridades
Inc g) Garantizar, en el ámbito educativo,
el respeto a los derechos de los/as niños/as y adolescentes establecidos en la
Ley N° 26.061. (esa Ley establece la
obligación de proteger los derechos de niños y adolescentes, (
sustentada en el interés superior del niño) que tienen carácter
obligatorio. El Art 5 dispone como responsabilidad gubernamental el otorgar
prioridad en la exigibilidad de la protección jurídica cuando sus derechos
colisionen con los intereses de los adultos, de las personas jurídicas privadas
o públicas; y consagra como prioritarios el Derecho a la Vida, A la Buena
Vida y a la Salud
Art 126 Derechos de los
estudiantes a:
Inc d) Ser protegidos/as contra toda
agresión física, psicológica o moral
Inc j) Desarrollar sus aprendizajes
en edificios que respondan a normas de seguridad y salubridad, con
instalaciones y equipamiento que aseguren la calidad del servicio educativo.
Art 67 Respecto a los
docentes, el derecho a:
Inc e) el desarrollo de sus tareas en condiciones
dignas de seguridad e higiene.
Por otra parte Argentina
ratificó por ley en 1981 el Convenio 155 de la OIT Sobre condiciones y
medioambiente de trabajo y dispone en su artículo 6 "La
responsabilidad en materia de seguridad y salud de los trabajadores y medio
ambiente de trabajo, de las autoridades públicas, los empleadores…." y
en su artículo 7: La situación en
materia de seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo
deberá ser objeto… de exámenes globales o relativos a determinados sectores, a
fin de identificar los problemas principales, elaborar medios eficaces de
resolverlos, definir el orden de prelación de las medidas que haya que
tomar, y evaluar los resultados.
Y por supuesto el artículo 41 de la
Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente 25.675, que reconocen el
derecho de todos los habitantes de nuestro país a gozar de un ambiente sano y
apto para el desarrollo.
En Entre Ríos, ni en ninguna parte se puede
pensar que convivir con venenos permita cumplir con estas disposiciones. Por el
contrario, las escuelas rurales de la provincia se han convertido en lugares
peligrosos, allí los niños y docentes corren riesgo de enfermarse y ser
envenenados por las fumigaciones de los campos linderos.
Sorprende que la legislación provincial
proteja de las fumigaciones al casco urbano y los caseríos alejándolas a 3000
metros, y sin embargo ¿cuál es la razón para no proteger a la comunidad
educativa de las escuelas rurales? .¿Que tuvieron la mala suerte de “caer”
allí?
"Las problemáticas del entorno y del ambiente de la eco región que habita una comunidad educativa no son ajenos al sistema educativo".
Las problemáticas del entorno y del ambiente
de la eco región que habita una comunidad educativa no son ajenos al sistema
educativo.
Las instituciones escolares en su
funcionamiento diario albergan niños y jóvenes, obligados legalmente a
concurrir a un espacio público que sustantivamente debe protegerlos de riesgos
e impactos sanitarios, en el tiempo de permanencia dentro de la institución.
Una seguridad y protección que son parte inexcusable de las responsabilidades de
las políticas públicas en educación.
El Consejo General de educación debe apoyar y
cumplir el fallo en la parte que le corresponde. Este es un problema de la comunidad
educativa y debe hacer todo lo que este a su alcance para evitar que los niños
y docentes sigan enfermándose.
Marta Maffei
Diputada Nacional mandato cumplido y ex Secretaria
General de CTERA